Tras la derogación del artículo 159 del Código Penal de la Ciudad de México, que erradica el delito de peligro de contagio, el jefe de Gobierno, Martí Batres, afirmó que las personas que han sido contagiadas de VIH u otras enfermedades por causas violentas de parte otras personas, no quedarán desprotegidas. En el patio del Antiguo Palacio del Ayuntamiento, el mandatario indicó que para ello se incluyó en el catálogo de lesiones una sanción para quienes causen o transmitan de manera intencional una enfermedad incurable.
Dijo que este delito no ayudó a detener el contagio; sin embargo, el énfasis del «peligro de contagio» sí señalaba y discriminaba a las personas ya contagiadas, y se castigaba a los enfermos.
«El cambio no es banal ni menor, la norma previa al singularizar la situación del enfermo contagioso, de facto, castigaba la calidad del enfermo al que consideraba como un peligro y ponía a esa persona en posición de ser discriminada, señalada y aislada, es decir, discriminación sobre discriminación».
Aplicar este artículo en la época del Covid-19 habría llevado a enjuiciar a miles de personas de forma absurda, enfatizó el jefe de Gobierno.