La DGT vigilará (aún más) el exceso de velocidad entre el 15 y el 21 de abril. Estas son las multas y por qué lo hace
La DGT incrementará su vigilancia sobre los excesos de velocidad. Si estás pensando en coger el coche entre los días 15 y 21 de abril, debes saber que estarás más vigilado que nunca, según el propio organismo.
Tráfico ha anunciado que pondrá una mayor atención en la carretera durante toda la semana. Según el organismo, el exceso de velocidad está presente en uno de cada cinco siniestros y quiere con esta campaña concienciar a los conductores de los peligros que representa incurrir en este tipo de conductas.
El exceso de velocidad, vigilado más de cerca
Desde Tráfico aseguran que circulando a 80 km/h la vista del conductor pierde un 35% de eficacia y que cuando se trata de detener un coche a esta velocidad se necesitan, al menos, 44 metros de los cuales 17 de ellos se corresponden con la distancia que recorre el conductor durante su tiempo de reacción.
A 120 km/h, la distancia se ve incrementada hasta los 113 metros. Sólo en reaccionar, el conductor recorre 25 metros antes de empezar a pisar el pedal del freno. En caso de accidente, señalan que un percance a 50 km/h equivale a caer desde un tercer piso, mientras que a 120 km/h estaríamos cayendo desde el decimocuarto piso de un edificio. Sufrir un golpe a 180 km/h implicaría simular una caída desde la planta 36 de dicho edificio.
Según sus cuentas, en 2023 se registraron 211 siniestros mortales en los que el exceso de velocidad era un factor de riesgo determinante. Para intentar que no se repita, la campaña de velocidad se extenderá para «controlar especialmente tramos de riesgo asociado a la velocidad, así como aquellos puntos donde la circulación
supera el límite establecido y existe un elevado índice de siniestralidad».
Todos estos datos son los que esgrime la DGT para poner una mayor atención en la vigilancia de los excesos de velocidad. Según los últimos conteos, se calcula que el organismo cuenta con 780 radares fijos, 545 radares móviles y 92 radares de tramo. A estos habría que sumar los 13 helicópteros Pegasus que el organismo tiene repartidos por todo el territorio nacional.
Además, tampoco podemos olvidar que la DGT no ha dejado de lanzar avisos de que prevé aumentar el número de radares en las carreteras españolas. En 2023 ya conocimos que esperaban ampliar el número de radares móviles en otros 70 aparatos a un precio de más de 600.000 euros. Recientemente también confirmó que este año espera instalar 88 nuevos radares, de los cuales el 60% son de tramo alegando que son «más justos».
Esta nueva campaña se desarrollará a nivel europeo, por lo que se pone en marcha al mismo tiempo que en otros países de nuestro continente. Es el conocido como Proyecto Europeo Baseline centrado en la siniestralidad europea.
Según los resultados recogidos en todo el continente, el 63% de los tursimos que circulan por autovía lo hacen a la velocidad permitida pero en autopistas el dato desciende al 51%. Y, según la DGT, solo el 43% de los conductores cumplen con los límites de velocidad en las carreteras secundarias (donde se producen siete de cada 10 accidentes con fallecidos).
Hay otro dato preocupante. En las calles limitadas a 50 km/h, el 65% de os conductores cumple con los límites máximos pero en las calles de 30 km/h sólo lo hace el 32%. Esto lleva a situaciones como las que ha vivido un pueblo asturiano donde dos controladores de velocidad impusieron 15.000 multas en dos meses. Con todo, somos el país con el valor más alto de respeto por este límite de todos los estudiados.
De 100 a 600 euros: las multas por exceso de velocidad
En cuanto a las sanciones por exceso de velocidad. En la imagen superior podemos encontrar el cuadro más claro y sencillo donde se observan todos los castigos que la DGT tiene planteados para los excesos de velocidad, tanto en materia económica como en el impacto en nuestro carné de conducir.
Si echamos un vistazo a las sanciones de mayor gravedad (600 euros y seis puntos menos en el carné de conducir) es necesario superar el límite máximo de velocidad en 50 km/h en ciudad y 70 km/h fuera de ella.
Así, los casos más habituales en los que se aplica esta sanción se da en los siguientes casos:
- En calles limitadas a 30 km/h: cuando se circula a más de 81 km/h o en adelante.
- En calles limitadas a 50 km/h: cuando se circula a 101 km/h o en adelante.
- En carreteras limitadas a 90 km/h: cuando se circula a 161 km/h o en adelante.
- En carreteras limitadas a 120 km/h: cuando se circula a 191 km/h o en adelante.
Imagen | DGT