La UE aplicará un cambio en la política de equipaje de los aeropuertos en septiembre. El gran afectado: los líquidos
No, el equipaje de mano que puedes llevar contigo en los aviones no está a punto de afrontar cambios de calado, como sostienen algunos foros, pero es cierto que en breve, cuestión de semanas, su gestión se alterará. Y quizás te afecte si sueles volar entre aeropuertos de Europa. Por eso y porque estamos en verano, una época en la que es habitual recorrer aeropuertos con las maletas a cuestas, viene bien saber qué cambia (y qué no) en las normas que deben cumplir nuestros trolleys.
Objetivo: evitar sorpresas en la terminal.
Un anuncio con letra pequeña. El anuncio lo lanzó el 31 de julio la oficina de Movilidad y Transporte de la Comisión Europea (CE). Y es claro. A partir del 1 de septiembre las autoridades comunitarias aplicarán «restricciones» al control de líquidos en los aeropuertos de la UE. Eso sí, con dos matices importantes.
El primero es que los cambios se dejarán sentir en terminales concretas, aquellas que hayan desplegados equipos EDSCB (sistemas de detección y explosivos para equipajes de mano) en sus controles de seguridad. La segunda, que los cambios no serán permanentes. La CE recalca que se aplicarán de forma «temporal».
¿Y qué cambio? Básicamente que vueles donde vueles deberás tener muy presente la cantidad de líquidos que llevas en tu equipaje. A nivel general, el Reglamento de Seguridad de la Aviación de la UE impone un límite a los líquidos, aerosoles y geles que puedes llevar a las zonas de embarque en los aeropuertos de la Unión. Esa línea roja se fija en 100 ml. El motivo es muy sencillo, como recuerda la propia CE: los equipos de seguridad convencionales, incluidas las máquinas de rayos X, no pueden detectar de manera eficaz los explosivos líquidos.
Con los modernos sistemas EDSCB, instalados en ciertos aeropuertos comunitarios, la cosa era distinta. «Permiten a los pasajeros llevar contenedores de líquidos de más de 100 ml», recuerda la Comisión. En cuestión de unas semanas, a partir del 1 de septiembre, esa ventaja desaparecerá: los aeropuertos que incluyen equipos EDSCB tendrán que ajustarse a la pauta estándar y el tamaño máximo permitido para los recipientes de líquidos individuales será de 100 ml.
¿Qué aeropuertos son? La CE no lo detalla en su comunicado, en el que sí subraya que aquellas terminales en las que ya se limitaban los líquidos a 100 ml o directamente no disponen de equipos EDSCB no se percibirá ningún cambio. Sí aporta algo más de detalles la Airports Council International (ACI), un organismo internacional que representa a más de medio millar de aeropuertos de 55 países.
En otro comunicado, publicado el 31 de julio, ACI detalló que los cambios en el reglamento de seguridad de la aviación, en el que se incluyen, a su juicio, «severas restricciones al uso de escáneres de equipaje de mano de próxima generación», se dejarán sentir en terminales de la UE, Islandia, Suiza, Liechtenstein y Noruega.
¿Y en España? En el caso concreto de España, Aena anunció a comienzos de 2024 su intención de implantar de forma progresiva nuevos escáneres en 3D con tecnología EDSCB en los controles de seguridad de su amplia red de aeropuertos, una sistema que, como se destacaba entonces, evitará a los pasajeros tener que sacar de sus maletas los dispositivos electrónicos y líquidos.
El plan anunciado entonces, en febrero, pasaba por instalar los nuevos filtros de seguridad primero en Madrid-Barajas y Barcelona-El Prat, aeródromos que reúnen alrededor del 40% del tráfico de viajeros, y ya a finales de este mismo año seguir con Palma de Mallorca. Poco a poco irían llevándose al resto de la red.
«Un revés y un golpe». La decisión de la CE no parece haber gustado en ACI, que lamenta que «la nueva restricción» supone «un revés» para los viajeros y «un golpe» a las propias terminales que se han rascado el bolsillo para modernizarse.
«Las modificaciones [de la normativa comunitaria] se dirigen de forma específica a los escáneres C3, la tecnología de vanguardia que mantiene los mejores estándares de su clase, que hasta ahora permitían a los pasajeros llevar líquidos sin ninguna restricción y guardarlos junto con sus dispositivos electrónicos grandes dentro de su equipaje de mano en los puntos de control de seguridad», recalca.
Un cambio temporal… e inminente. En opinión del organismo aeroportuario, la nueva restricción, que entrará en vigor en cuestión de semanas, coincidiendo con un período especialmente intenso en viajes, «elimina el principal beneficio» que ofrecían los escáneres 3D a los pasajeros y afectará a las terminales.
«Reducirá el flujo de pasajeros en los controles de seguridad de los aeropuertos que hayan instalado escáneres C3 —abunda el organismo aeroportuario—. Esto causará una importante tensión operativa, cuya mitigación requerirá el despliegue de personal adicional y la reconfiguración de los controles de seguridad».
«Duramente penalizados». El entrecomillado vuelve a ser de Airports Council International, que insiste en que el cambio, aunque temporal, supondrá una «dura penalización» para los pasajeros de aeropuertos que ya han invertido en escáneres 3D pensando en la eficiencia operativa y la comodidad del viajero. La restricción de la CE les impedirá dejar de disfrutar de los beneficios de los sistemas.
Y eso, recuerdan, que un escáner C3 cuesta de media ocho veces más que las máquinas de inspección por rayos X. No solo es más caro comprarlas. También su mantenimiento resulta más gravoso, cuatro veces más, según el organismo.
«Un problema técnico temporal». La Comisión Europea insiste en que la restricción es temporal, se adoptará de la mano de los socios de la UE y se adopta por una cuestión práctica. Para ser precisos, para resolver «un problema técnico temporal». «La CE está colaborando estrechamente con los Estados miembros y la Confederación Europea de Aviación Civil para desarrollar soluciones técnicas rápidas que garanticen los más altos estándares de seguridad», remata.
El equipaje de mano, en el foco. No es la única decisión que ha adoptado recientemente la CE sobre las maletas. En 2023 lanzó una resolución sobre las «dimensiones normalizadas del equipaje de mano» para mejorar la protección y derechos de los pasajeros. La decisión la tomó tras constatar que las aerolíneas fijan por libre sus normas, por lo que las pautas de tamaños o cantidad varía.
«El equipaje de mano debe considerarse un ‘elemento necesario’ del transporte de pasajeros, siempre que dicho equipaje cumpla ‘requisitos razonables’ en cuanto a su peso y dimensiones y que, por tanto, su transporte no puede estar sujeto a un simplemente de precio», recoge la resolución de la Comisión Europea, que plantea unas dimensiones estándar concretas para las maletas de mano permitidas en cabina de 55 cm x 40 cm x 20 cm, con un peso máximo de 10 kilogramos.
Imagen | Michał Parzuchowski (Unsplash)