Congreso mexiquense declara constitucional el derecho al cuidado digno.

* Edomex contará con un Sistema Estatal de Cuidados y las personas cuidadoras tendrán derecho a un salario y seguridad social.
* Avalan ayuntamientos reforma a la Constitución impulsada por las bancadas de MC y PRD, así como de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez.
El Congreso mexiquense emitió la declaratoria de aprobación de la minuta proyecto de decreto por la que se reforma la Constitución Política estatal, para reconocer el derecho de las personas al cuidado digno, crear el Sistema Estatal de Cuidados y coordinar la prestación de servicios públicos universales y de calidad en esta materia.
Con el voto favorable de los municipios mexiquenses, a los que corresponde validar las modificaciones constitucionales, se aprobó la iniciativa con la que se establece que las personas cuidadoras también podrán decidir atender a quien lo requiera, y disponer de la distribución del tiempo propio, acorde a sus necesidades e intereses, procurando condiciones de igualdad sustantiva entre hombres y mujeres.
El decreto, al que dio lectura la diputada Emma Laura Álvarez Villavicencio (PAN) y conjunta iniciativas que por separado presentaron los grupos parlamentarios de MC y PRD, y la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, plantea que las personas cuidadoras (cuya labor es esencial para el bienestar colectivo, incluyendo aquellas que realizan actividades de mantenimiento y apoyo doméstico) tendrán derecho a un salario y seguridad social en términos de la ley, con énfasis en la revalorización de esta labor cuando la realicen mujeres.Asimismo, que toda persona tenga derecho a decidir y a ejercer la forma de vida que convenga a sus intereses, necesidades y voluntades; mientras que el Estado promoverá la corresponsabilidad con mujeres y hombres, las familias, la comunidad y el sector laboral en las actividades de cuidado.
Respecto del Sistema, señala que le corresponde desarrollar políticas públicas de cuidados en los ámbitos estatal y municipal, bajo principios de igualdad y corresponsabilidad entre hombres y mujeres, y atender a las personas en situación de dependencia por enfermedad, discapacidad, vulnerabilidad, ciclo vital, especialmente en la infancia y la vejez, y a quienes, de manera no remunerada, están a cargo de su cuidado.
El documento reconoce que el derecho al cuidado digno es un derecho humano fundamental, entendido como el conjunto de actividades, apoyos y servicios que otorguen los elementos materiales para vivir en sociedad, destinados a satisfacer las necesidades básicas de las personas que requieren apoyo para garantizar su desarrollo e integración, por razones vinculadas al ciclo de vida, condiciones transitorias o crónicas, o situaciones permanentes.

