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Ni trenes ni luz ni ordenadores: la jornada laboral más caótica no tendrá rebajas salariales o despidos por no ir a trabajar

España ha vivido una jornada inédita en su historia, tras el apagón masivo que mantuvo a oscuras a toda la península ibérica incluyendo Portugal. El incidente obligó a detener buena parte de los servicios públicos de transporte, así como al cierre de muchas empresas ante la falta de suministro eléctrico y posibles problemas de seguridad.

Ante este evento inédito, el Ministerio de Trabajo y Economía Social emitió varios comunicados a través de su perfil en la red social X en la que recordaba a los trabajadores :

«El Gobierno garantiza la protección de las personas trabajadoras ante los problemas de suministro eléctrico. Los permisos retribuidos están disponibles para trabajadores y trabajadoras afectadas».

Permisos retribuidos por fuerza mayor

Al igual que sucedió con la DANA en Valencia u otros fenómenos adversos, el Ministerio de Trabajo recuerda a los trabajadores que el Estatuto de los Trabajadores aporta una cobertura especial para casos catalogados como «Fuerza Mayor». Esa protección expresa para fenómenos excepcionales impide que las empresas puedan tomar represalias en forma de despidos o rebajas salariales por no acudir al lugar de trabajo por este motivo.

En el artículo 37.3 apartado G, se aborda la normativa sobre Descanso semanal, fiestas y permisos, eso incluye los permisos retribuidos por fuerza mayor o fenómenos climáticos.

El Estatuto de los Trabajadores establece que los trabajadores disponen de hasta cuatro días de permiso «por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo, como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso».

Tal y como recordaban desde el Ministerio, quedan cubiertos por el permiso retribuido por causas de fuerza mayor:

Debido a las recomendaciones oficiales de no desplazarse si no era estrictamente necesario, dadas las graves incidencias de tráfico que dejó a calles y carreteras sin señalización luminosa y los grandes atascos que ello provocó, se aplica este artículo del Estatuto de los trabajadores.

Además, la normativa también recoge el supuesto de realizar el trabajo de forma remota siempre que las redes permitan su desarrollo, algo que no siempre pudo llevarse a cabo ante la caída y saturación que sufrió toda la red de comunicación a lo largo de la jornada de ayer, y a la imposibilidad de alimentar los ordenadores.

Situación controlada, pero no resuelta

Pese a que la mayoría de los servicios se han restablecido ya con la vuelta del suministro eléctrico, los comunicados oficiales advierten de que, durante la jornada de hoy, todavía van a registrarse incidencias en los distintos servicios ferroviarios, sobretodo en la red de cercanías.

Eso hace probable que, en algunos casos, los trabajadores también puedan acogerse hoy a ese permiso retribuido cuando no sea posible desplazarse hasta el lugar de trabajo.

No obstante, pese a las incidencias en el transporte que puedan quedar por resolver, las redes de comunicación permanecen operativas, por lo que la opción de trabajo remoto sí es viable siempre que el puesto permita llevarlo a cabo.

En Xataka | Trabajar en tiempos de emergencia climática: el Gobierno impulsa nuevos permisos y protocolos laborales tras la DANA

Imagen | Unsplash (Aaron Betts)

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